El control del franqueo sobre los envíos postales se realizará únicamente en las unidades de admisión de los mismos, por lo que deberá extremarse en estas unidades el cuidado en la comprobación del correcto franqueo de los envíos.
Los envíos postales destinados a circular por territorio nacional que ingresen en la red postal pública sin franqueo o con franqueo insuficiente deberán abonar en concepto de insuficiencia de franqueo, como mínimo, el doble de dicha insuficiencia, que será satisfecha por el remitente o por el destinatario, según proceda.
Si se detecta que algún envío no dispone de franqueo o éste es insuficiente, se tendrán en cuenta las normas de procedimiento que a continuación se indican:
Envíos insuficientemente franqueados presentados para su admisión en oficinas o centros de admisión masiva. No serán admitidos sin que el remitente complete el franqueo hasta el importe que corresponda según la clase y categoría del envío.
Envíos insuficientemente franqueados depositados en los buzones de la red postal pública. El procedimiento será diferente según lleven o no consignado el remitente.
Envíos con remitente: en este caso el responsable de la recogida de buzones, o la persona designada al efecto (actualmente se realiza en los CTA), procederá a matasellar los signos de franqueo y a identificar el envío como insuficientemente franqueado adhiriendo la etiqueta modelo T-1 (T=) en la zona central de la parte superior del anverso, mediante la que se identificará el envío como insuficientemente franqueado y en la que se indicará el importe a abonar correspondiente a la tarifa por insuficiencia de franqueo.
El tratamiento posterior estará en función del peso del envío según las siguientes tipologías:
Si personado el remitente en cualquier oficina abonara la tarifa por insuficiencia de franqueo, se procede a:
Si personado el remitente en la oficina abonara la tarifa por insuficiencia de franqueo, se procede a:
Si, por el contrario, el remitente desea retirar el envío o envíos, se le advertirá de que no podrá depositarlo de nuevo, salvo que sea franqueado por el importe que corresponda a la tarifa por insuficiencia de franqueo.
Pluralidad de envíos depositados por un mismo remitente que sumen un total de 25 o más, con independencia de su peso. En este supuesto, se procederá según lo establecido en el punto para envíos de más de 100 gramos.
Envíos sin remitente: el responsable de la recogida de buzones o la persona designada al efecto procederá a matasellar los signos de franqueo y a identificar el envío como insuficientemente franqueado adhiriendo la etiqueta modelo T-1 (T=) en la zona central de la parte superior del anverso, mediante la que se identificará el envío como insuficientemente franqueado y en la que se indicará el importe a abonar correspondiente a la tarifa por insuficiencia de franqueo.
Si el envío va dirigido al extranjero, la insuficiencia se hará constar adhiriendo la etiqueta modelo T-1 (T=) en la que se indicará el importe del franqueo faltante y, bajo una barra de fracción, el importe mínimo de su tasa no reducida correspondiente al primer escalón de peso de los envíos prioritarios o de las cartas expedidas al extranjero. Estos envíos se clasifican y cursan a destino con el resto de la correspondencia internacional.
Cuando se estime que la insuficiencia de franqueo es abusiva o intencionada por la pluralidad y frecuencia de envíos mal franqueados realizados por un mismo remitente, el responsable de la recogida de buzones o la persona que se designe al efecto o pondrá en conocimiento del órgano del que dependa, a efectos de determinar la forma de proceder en cada caso concreto.
Tanto en origen como en destino, el personal que atienda las insuficiencias de franqueo habrá de extremar la atención a remitentes y a destinatarios, facilitando folletos de tarifas y toda la información necesaria, de forma que la ocasión sirva para promocionar la imagen y los servicios de Correos y Telégrafos.
Los envíos registrados, al ser admitidos y franqueados en ventanilla no circularan nunca tasados, siendo responsable del franqueo el empleado que realiza la admisión.
Las etiquetas que pueden utilizarse en este proceso de trabajo son: